¿Si quiero pedir la devolución TOTAL de mi cláusula suelo…?

Ya en una publicación anterior nos hicimos eco de la sentencia histórica del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 21.12.16 por la que obligaba a las  entidades bancarias a devolver todo lo cobrado con las cláusulas suelo. En concreto el tribunal con sede en Luxemburgo sentencio que los bancos españoles deben devolver todo el dinero cobrado a través de la cláusula suelo, declarando «incompatibles dichas cláusulas con el Derecho de la Unión». Al ser estas contrarias a los artículos 6 y 7 de la Directiva 93/13/CEE, pasados ya dos meses desde entonces, ¿cómo está el asunto y a quienes afecta ?

devolución Cláusula Suelo

Se calcula que los afectados por este asunto varían según las fuentes a las que accedas entre los 2,5 y los 4 millones, y ello a que es debido?

  • 4 millones pudiesen ser las que inicialmente tuvieran instauradas cláusulas suelo en sus hipotecas.
  • 120.000 fueron desahuciadas según fuente del banco de España entre 2012 y 2015. Ellos en principio ya no podrán reclamar, aunque ya se están produciendo algunas sentencias en sentido contrario.
  • El 30% de los que tenían cláusula suelo han firmado un documento en estos últimos años para que les bajasen las condiciones, con la consiguiente cláusula que les comprometía a no demandar al banco y no solicitar devolución alguna. Actuación que también puede ser recurrible de mantenerse la misma posición de “abuso” que origino las clausulas suelo.
  • Entre un 5% y un 10% han terminado de pagar su hipoteca y previsiblemente darán por zanjado el asunto.
  • Por lo tanto nos queda aproximadamente los 2,5 a 3 millones de hipotecas de la franja más baja de todas las fuentes consultadas.

Qué deben hacer todos estos particulares para recuperar su dinero:

  • Los Bancos no van a actuar de oficio, puesto que la sentencia de Europa no dice que lo tengan que devolver de forma automática, lo que dice es: “Si la cláusula suelo es nula, es nula desde el inicio de la firma no desde Mayo de 2013”
  • El gobierno ante el temor generalizado de la banca por sus cuentas de resultados ha realizado el Real Decreto-ley 1/2017 quiere hacer un procedimiento con la finalidad declarada por el ejecutivo de hacer rápida la devolución, aunque eso está por ver. Pero sin duda ya tenemos instaurada la vía prejudicial que hay que explorar.

El Real Decreto sobre cláusulas suelo aprobado por el Gobierno el pasado 20 de enero y que instaura como paradigma de la solución de este problema la reclamación prejudicial con un límite para su tramitación por las entidades bancarias de tres meses. Pero cuidado, ya que este no da cobertura al 60% de los afectados al ser pequeños empresarios, autónomos y entidades como comunidades de vecinos, según los expertos.

Si a todo ello añadimos que las cantidades a devolver que se barajan no son pequeñas y que se cuantifican entre los 4.000 a 15.000 millones de euros, parece evidente que la banca seguirá haciendo todo lo que esté en su mano para evitar cumplir o mejor dicho minimizar los efectos pretendidos por la sentencia europea. Al efecto económico habría que añadir el efecto perverso del reconocimiento explicito o incluso en algunos casos implícito de que la clausula es nula y ello supondría un aumento de reclamaciones de todos los colectivos que antes mencionamos que quedan “temporalmente” excluidos de este procedimiento.

Desde nuestro modesto punto de vista, la norma no conseguirá reducir el impacto previsto del número de reclamaciones que llegarán a los juzgados en los próximos meses, ya que el mecanismo extrajudicial tal y como hemos explicado no contempla la posibilidad de que varios colectivos vean compensado su derecho y a los particulares que lo soliciten queda por ver que les ofrecen, teniendo siempre muy claro que la vía judicial la tienes abierta y cada vez con más antecedentes a su favor.

Lo que es evidente es que hay que reclamar bien vía extrajudicial o judicial para que los bancos devuelvan el dinero, y si a todo ello, le añadimos que a las demandas por cláusulas suelo se podrían unir las reclamaciones por gastos hipotecarios y por hipotecas multidivisa; con todos estos datos parece fácil adivinar que se presenta un año 2017 jurídicamente complejo en todo lo referente a este asunto. ¿No les parece ?. Les aseguramos que les seguiremos informando.

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