Cuantas veces, nos han preguntado que no es mi “ex” quien recoge o quien con están los niños. Así,  es posible que los pudiese recoger y estar con los abuelos ?

La sentencia del  Tribunal Supremo (STS 4002/2013) Nº recurso 1044/2012 ha resuelto esto, en el sentido de establecer que el hijo en común podrá ser recogido bien por el padre bien por cualquier familiar autorizado por éste para ello. Asimismo deberá recogerse en un coche apto para circular con un niño de la edad del que de las partes conforme a la seguridad vial.

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