Sistema Concursal Español

1.- EL SISTEMA CONCURSAL ESPAÑOL

Desde el año 2003 en España se está dando salida a algunas deficiencias de las que tradicionalmente ha adolecido el derecho concursal español, derogando un derecho arcaico y disperso por un sistema concursal moderno y unitario regido por los principios de unidad legal, de disciplina y de procedimiento legal.

De esta forma el concurso de acreedores quedó regulado en sus aspectos sustantivos, procesales e internacionales en una única norma legal que es aplicable a todo deudor en situación de insolvencia, sea persona natural o jurídica, comerciante o no, existiendo un solo procedimiento concursal, denominado concurso de acreedores, adaptable a las distintas circunstancias que el estado patrimonial del deudor pueda tener.

Fue la Ley Orgánica 22/2003 la que llevó a cabo una profunda reforma de la legislación concursal.

No obstante, pocos años después y ante la evolución de la situación económica, hubo una nueva reforma realizada a través del Real Decreto-Ley 3/2009 que modificó un número considerable de su articulado pretendiendo facilitar la refinanciación de las empresas que atraviesen dificultades financieras, agilizando trámites procesales y reduciendo los costes de la tramitación.

En el año 2011 la Ley 38/2011 introdujo nuevas y relevantes reformas en la línea marcada por otros modelos de Derecho comparado, entre las que destaca la regulación del pre concurso por la vía de proteger los acuerdos de refinanciación.

Translate »